ADMINISTRACIÓN


DEFINICIÓN: La administración es el proceso que busca, por medio de la planificació, la organización, ejecucion y el control de los recursos, darles un uso más efciente ´para alcanzae rl los objetivos de una institucioón.

En realidad, para que la administración logre alcanzar sus objetivos, se tiene que hacer uso de una forma coordinada de los recursos humanos, intelectuales, materiales, tecnológicos y financieros que se poseen. Esto, buscando la estabilidad, el mantenimiento y crecimiento de grupos sociales o de las instituciones. La persona clave en la administración es el administrador.  

SEGÚN LA RAEhttps://www.rae.es/drae2001/administraci%C3%B3n 

ADMINISTRACIÓN.

Proviene del latín  administratĭo, -ōnis

1.  Acción y efecto de administrar.

2. Empleo de administrador.

3. Casa u oficina donde el administrador y sus dependientes ejercen su empleo.

4. En los Estados Unidos de América y otros países, equipo de gobierno que actúa bajo un presidente.

ADMINISTRACIÓN ACTIVA.

1. Administración Pública.

ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA.

1. Administración Pública propia de las comunidades autónomas.

ADMINISTRACIÓN CENTRAL.

1. Administración Pública propia del gobierno del Estado.

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.

1.  Sistema de jueces y tribunales.

2. Organización y funcionamiento de este sistema.

3. Gestión del sistema judicial y de su actividad.

ADMINISTRACIÓN DIOCESANA

1.              La que tiene a su cargo la recaudación de los ingresos o rentas de una diócesis, y el empleo de todos o parte de ellos en los gastos de ella.

ADMINISTRACIÓ ECONÓMICA.

1. La que tiene a su cargo la recaudación de las rentas y el pago de las obligaciones públicas.

ADMINISTRACIÓN MILITAR.

1. La que cuida de las atenciones materiales del Ejército.

ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL.

1. La que cuida de los intereses del municipio.

ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL.

1. La que está a cargo de los gobernadores y Diputaciones en cada provincia.

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.

1. Organización ordenada a la gestión de los servicios y a la ejecución de las leyes en una esfera política determinada, con independencia del poder legislativo y el poder judicial.

2. Conjunto de organismos encargados de cumplir esta función.